PORQUE! ¿porque le niegas alimentos a tus hijos?
Hola, como han estado ?... ¡ Espero que muy bien!, si no lo estan los abogados de B.A.I.P. los ayudaran a resolver cualquiera de las inquietudes con respecto a Derecho de FAMILIA, PENAL, CIVIL, CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, LABORAL, COMERCIAL etc.
Hoy te hablaremos sobre los alimentos.
Si eres un padre o madre de familia cuyo conyugue te a abandonado a tu suerte, si no da alimentos ni a ti , ni a tus hijos escribenos y te asesoramos juridicamente; tendras una voz amiga quien te apoyara y resolvera si es del caso en litis tus problemas procesales.
Si tienes a tu madre o padre en cualquier parte del mundo y no te brinda lo necesario para tu sostenimiento y no llegan a conciliacion alguna, entonces interpone una demanda por fijacion de cuota alimentaria que estas en tu derecho de ejercerlo.
si es muy urgente llama al No de Celular : 311.648.78.53 que seras atendido en cualquier horario por cualquiera de nuestros asesores juridicos.
Se entiende por alimentos todo lo que es indispensable para el sustento, habitacion, vestido, asistencia medica, recreacion, formacion integral y educacion o instruccion del menor. Los alimentos comprenden la obligacion de proporcionar a la madre los gastos de embarazo y parto.
¿A QUIEN SE DEBEN ALIMENTOS?
No sebe de olvidar que siempre se necesita de un texto legal para que los establezca a favor de unas personas y a cargo de otras. Por ello el titulo XXI del codigo Civil Colombiano y en concreto en los art 411 a 427 del C,C reglamentan todo lo relativo a los alimentos legales. Estas disposiciones no rigen para alimentos voluntarios dados por testamento o por donacion entre vivos. acerca de los cuales ha de estarse a la voluntad del testador o donante, en cunto haya podido disponer libremente de lo suyo.
1) Al conyuge, bien sea divorciado, separado de cuerpos, o de hecho; en este ultimo caso, si no ha abandonado el hogar sin justa causa.
Es una obligacion que nace del propio consentimiento matrimonial. Para el divorciado sin su culpa, se explica a titulo de indemnizacion. Es logico pensar que en primer lugar se deben al conyuge que esta conviviendo con el obligado, puesto que esta obligacion nace de la ayuda y mutuo socorro que se deben entre si.
2). Alos descendientes y ascendientes legitimos.
3). A los hijos naturales, su posterioridad legitima y a los nietos naturales. Hoy en dia se denominan de acuerdo a la terminologia de la ley , hijos extramatrimoniales. Se deben igualmente a los ascendientes naturales.
4). A los hijos adoptivos y a los padres adoptantes.
5). A los hermanos legitimos .
REQUISITOS PARA QUE NAZCA LA OBLIGACION
La existencia de la obligacion alimentaria se supedita a ciertos requisitos entre los cuales se pueden enumerar:
1. Que los sujetos obligados los determine la ley.
2. Que los solicitantes no tengan medios o capacidad enconomica suficiente para su subsistencia.
3. Que los sujetos obligados tengan capacidad economica suficiente para mantener el compromiso legal.
En este ultimo caso el juez, al determinarlos debe siempre tener en cuenta la fortuna del obligado y las personas que tiene a su cargo.
Sobre estos factores fundamentales descansan las bases para que le juez pueda ordenar el pago de alimentos. Pero bien puede ocurrir alguna de estas situaciones:
a). Que quien los pide tiene, pero no en forma suficiente, para su subsistencia. En ese caso se ordena completar lo que falta.
b) Se deben tener en cuenta los bienes que posea el alimentario y su capital de trabajo.
c) Si tiene el alimentario bienes inproductivos, el juez podra ordenar que se conviertan en otros (mediante venta, etc) que puedan producir lo suficiente para la subsistencia.
SI TU PERTENECES A ESTAS CATEGORIAS ¿QUE DEBES HACER?
1. Madre e hijo radicado en el exterior. El padre del menor vive en Colombia y no da alimentos
2. Padre obligado a dar alimentos se encuentra trabajando en el exterior, la madre y su hijo viven en Colombia .
3. Madre e hio radicados en el exterior. Padre con dolicilio en Colombia, desea cumplir con la obligacion de dar alimentos a sus hijos.
4. Mujer embarazada un hijo se du marido y no quiere dar alimentos ni a ella ni al que esta por nacer
5. Padre de familia ofrece alimentos y la madre se niega a recibirlos.
6. Deudor de alimentos es demandado ejecutivamente.
7. Mdre e hijo cambian de domicilio y requieren demandar por revsion de cuota alimentaria
8. Se demanda por exoneracion de alimentos.
9. Se demanda en revision para exoneracion de cuota alimentaria.
10. Se demanda y se fija alimentos.
11. Cuota alimentaria no cancelada por el obligado.
12.Cuota alimentaria fijada en la fase de intento de conciliacion previa y obligatoria.
13. Padre o madre que no da alimentos a sus hijos.
14.Obligados por alimentos para varios hijos
15.Alimentante que en poblacion diferente a su hijo.
16. Obligado, ofrece alimentos para menor
17.Deudor que es ejecutado por aliemntos sin vivr en el pais donde viven sus hijos.
17.Menor que logra mayoridad recibiendo alimentos.
18. Anciano en estado de necesidad.
19.Pareja que vive en estado Marital de hecho.
19. Menor que requiere alimentos de su padre.
20.Hermano entre si, uno de ellos en estado de necesidad.
21. Soltero solvente con hermana casada. Ella y su marido en estado de necesidad.
22.Divorciada una pareja, uno de ellos se hace insolvente.
23. Conyuge que abandona el hogar sin justificacion
24.Divorcio probado con causal de culpabilidad.
25.Hijos mayores y menores que requieren alimentos.
26.Padre o madre privado o suspendido en los derechos de patria potestad de su hijo.
27.PROCESO EN EL QUE SE ACREDITA NIVEL DE INGRESOS.
28.si te separaste por mas de dos años de cuerpos.
29. Exconyuge recibe alimentos y se casa de nuevo.
30.Mujer y hombre en union marital de hecho.
31. Persona obligada a dar alimentos fallece.
32.Alimentante fallece y debe algunas mesadas.
33.Beneficiario de alimentos mayor de edad.
34. Hermanos entre si, uno de elos enb estado de necesidad.
dudas, preguntas, contactanos y tendremos el gusto de atender tu demanda.
- Deja tu comentario (11)

